La Corte Constitucional aprobó el miércoles la adopción por parte de parejas del mismo sexo en una sentencia que es inapelable y se convierte en ley tras su promulgación.
Según su oficina de prensa, la Corte aprobó la norma por seis votos a favor y dos en contra, en una decisión que reconoce que las parejas homosexuales son tan aptas como las heterosexuales para la adopción de niños.
La ponencia del caso estuvo a cargo del magistrado Jorge Iván Palacio, quien en un documento de 145 páginas llegó a la conclusión de que conceptos de expertos dan cuenta de que científica y médicamente no está establecido que menores de edad puedan sufrir traumatismos si su crianza corre a cargo de parejas homosexuales.
A finales de agosto de 2014, la propia Corte Constitucional había dado luz verde a la adopción de una niña por parte de dos mujeres, pero con la advertencia de que esa decisión solo aplicaba para los casos en los que uno de los demandantes fuera la madre o el padre biológico del menor.
La sentencia del miércoles es fruto de una demanda presentada por un profesor de Medellín y un grupo de alumnos de Derecho como parte de su trabajo universitario.
El profesor Sergio Estrada, quien no pertenece a la comunidad gay, dijo a The Associated Press que su argumentó se basó en la defensa de los derechos de los niños y recordó que el Artículo 44 de la Constitución reconoce "el derecho fundamental de los niños a tener una familia". Esos derechos de los niños, enfatizó, prevalecen sobre los demás "y, lo más importante, sin consideración del género de los padres".
Una de las parejas homosexuales más conocidas del país, las congresistas Claudia López y Angélica Lozano, expresó de inmediato su satisfacción por la sentencia del alto tribunal.
"El 6-2 en la @CConstitucional prueba que la realidad científica y práctica supera los prejuicios y la homofobia", escribió Lozano en su cuenta de Twitter. López, también en Twitter, indicó: "Gracias @CConstitucional por tomar la decisión correcta!".
En sentido contrario, monseñor Juan Vicente Córdoba, obispo de la localidad de Fontibón, rechazó el fallo y dijo recibir con tristeza la noticia ya los derechos de los niños son atropellados y atenta contra la familia que debe estar conformada por un hombre y una mujer.
"Se trata de una ley que debe ser regulada en el Congreso. Con este fallo, la Corte impone una dictadura y seis magistrados no pueden decidir por 48 millones de colombianos", indicó el religioso al canal Caracol.
Por su parte, Marcela Sánchez, directora de la organización no gubernamental Colombia Diversa, que defiende los derechos de los homosexuales, calificó de histórico el fallo que, dijo, es fruto de muchos años de lucha.
"La medida también beneficia a transexuales ya que la sentencia abarca a cualquier tipo de pareja pues el objetivo es evitar la discriminación" señaló Sánchez a la AP.
La directora rechazó las palabras de la Iglesia Católica al subrayar que está despreciando un poder legítimo y democrático como es el de la Corte Constitucional. "Además de que ignora la existencia de otros modelos de familia", declaró.
Actualmente, las parejas homosexuales en el país pueden registrar ante un notario las llamadas "uniones de hecho" o "uniones civiles" sin que ello constituya un matrimonio y disfruten de todos los derechos de las parejas heterosexuales.
Desde 2007 las parejas del mismo sexo, por decisión de la misma Corte Constitucional, pueden heredarse y afiliarse al sistema de salud y de pensiones. Sin embargo, el Congreso colombiano se ha abstenido de legislar sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo, como se lo ha pedido la Corte.
Fuente: Yahoo Noticias
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